—Maria Fernanda Sánchez, en el ojo del huracán por intervenir en la elección judicial donde su esposo fue candidato a magistrado; el procedimiento también alcanza a otras consejerías.
Xalapa, Veracruz, México
16/09/2026
Quetzalli Carolina Vázquez/ QUE Noticias
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolverá este jueves 17 de septiembre un procedimiento de remoción relacionado con integrantes del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV), derivado de hechos ocurridos durante la elección extraordinaria del Poder Judicial de 2025.
La sesión está programada para las 10:00 horas y el asunto corresponde a los expedientes UT/SCG/PRCE/RASE/CG/22/2025 y su acumulado UT/SCG/PRCE/CG/23/2025.
El caso tiene como actora principal a la consejera María Fernanda Sánchez Rubio, cuestionada debido a que participó en decisiones relacionadas con la elección judicial mientras su esposo, Jonathan Máximo Lozano Ordóñez, competía por una magistratura de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz.
La resolución que emita el INE deberá determinar si las conductas denunciadas actualizan alguna de las causales de remoción previstas en el artículo 102, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
María Fernanda Sánchez Rubio asumió el cargo de consejera electoral del OPLEV el 20 de febrero de 2025, para un periodo de siete años, luego de que concluyera el encargo de Roberto López Pérez.
La consejera participó durante la elección extraordinaria del Poder Judicial, y su vínculo matrimonial con el candidato y ahora magistrado Jonathan Máximo Lozano Ordóñez, generó el cuestionamiento sobre un posible conflicto de interés y sobre si la consejera debió apartarse de los asuntos relacionados con una elección en la que participaba su esposo.
Fue el ciudadano René Augusto Sosa Enríquez quien presentó el medio de impugnación ante el Tribunal Electoral de Veracruz y posteriormente el caso fue acordado el el Tribunal Electoral d Poder Judicial de la Federación.
El propio TEPJF confirmó que el TEV había señalado un conflicto de interés porque Fernanda no se excusó de la totalidad de los acuerdos relacionados con la elección.
De acuerdo con la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Tribunal Electoral de Veracruz sostuvo que Sánchez Rubio tenía un conflicto de interés y que debió excusarse de la totalidad de las actuaciones relacionadas con el proceso electoral.
Fue el TEV quien también realizó señalamientos sobre la actuación del resto de las consejerías que a decir del Tribunal Local, debieron requerirle separase del análisis de la elección en la que participaba su espos
El caso llegó a la Sala Superior del TEPJF y el 28 de agosto de 2025, al resolver el expediente SUP-JDC-2392/2025 y acumulados, la Sala Superior revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz que había dejado sin efectos la constancia de mayoría de Jonathan Máximo Lozano Ordóñez y ordenó al OPLEV entregarle nuevamente la constancia correspondiente a la magistratura de la Sala Constitucional.
Pero además, el TEPJF determinó que el tribunal local se había excedido al formular señalamientos personales contra María Fernanda Sánchez Rubio y las demás consejerías.
La Sala Superior estableció que correspondía al INE, mediante el procedimiento respectivo, determinar lo conducente respecto de la actuación de las consejerías y ordenó dar vista al Consejo General del instituto.
Es decir, el TEPJF no determinó la remoción de Fernanda Sánchez ni del resto de las consejerías y la decisión sobre una eventual responsabilidad quedó en manos del INE.
Aunque Sánchez Rubio concentra la atención por el vínculo con uno de los candidatos de la elección judicial, el procedimiento también involucra a otras consejerías.
La documentación relacionada con el caso menciona a la presidenta Marisol Alicia Delgadillo Morales y a las consejerías Mabel Aseret Hernández Meneses, María de Lourdes Fernández Martínez, Maty Lezama Martínez y Fernando García Ramos, además de Quintín Antar Dovarganes Escandón aunque este último ya no se encuentra formando parte del OPLE Veracruz ya que renunció en septiembre de 2025.
El señalamiento, sin embargo, no es idéntico para todos pues mientras que en el caso de Sánchez Rubio el punto central está relacionado con su participación en el proceso electoral y su vínculo matrimonial con un candidato, respecto del resto se analiza su actuación frente a esa circunstancia y, entre otros aspectos, si debieron solicitar su recusación.
El procedimiento que llegará este jueves al Consejo General del INE no es simple, se trata una de un procedimiento de remoción, cuya consecuencia puede ser la separación del cargo cuando se acredita alguna de las causales previstas en la legislación electoral.
De acuerdo con información interna que circula sobre el proyecto que será discutido; uno de los escenarios que se plantean es que la eventual remoción alcance solo a María Fernanda Sánchez Rubio, mientras que para otras consejerías se contempla una determinación distinta.
Sin embargo, ese escenario todavía se encuentra en consenso y se calcula que no existirá acuerdo por lo que la determinación se resolverá por mayoría y no por unanimidad.
El OPLE Veracruz, fue uno de los organismos más señalados y cuestionados del país en la pasada elección judicial.
