• Debe cumplir con las condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad, accesibilidad y dignidad humana

La Comisión de Derechos Humanos, presidida por la diputada Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna (Morena), aprobó el dictamen a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de vivienda adecuada.

Plantea modificar los artículos 48, 82 y 108 de la ley para incorporar el calificativo de “adecuada” a la vivienda prevista en los supuestos de reparación del daño, así como en los programas de desarrollo local orientados a contrarrestar las condiciones sociales que incrementan el riesgo de victimización.

Establece que la vivienda otorgada a las víctimas, ya sea como parte de la reparación de daño ordenada por la autoridad judicial o como parte de las acciones de políticas públicas en materia de prevención y asistencia, debe cumplir con las condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad, accesibilidad y dignidad humana.

Señala que la incorporación expresa del concepto de vivienda adecuada permite dotar de mayor claridad normativa, certeza jurídica y exigibilidad al derecho, armonizando el marco legal con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano y con los criterios interpretativos desarrollados por los órganos jurisdiccionales nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.

En su argumentación, el texto considera congruente incluir el estándar de vivienda adecuada a las disposiciones de dicho marco legal, especialmente en las relacionadas a la reparación del daño y con las acciones de prevención y asistencia a víctimas.

Además, la reforma es compatible con los compromisos internacionales asumidos por México en materia de derechos humanos, aunado a que es necesaria para garantizar la coherencia del sistema jurídico.

Enfatiza que “la provisión de una vivienda adecuada como parte de la reparación del daño y de los programas de desarrollo local contribuye a la restitución del proyecto de vida de las víctimas, favorece su reintegración social y reduce el riesgo de revictimización.

Aclara que esta reforma no crea nuevas instituciones, programas o atribuciones, sino que se limita a armonizar el lenguaje normativo conforme el marco constitucional vigente, pero sin generar impacto presupuestario.