Este jueves en el Congreso del Estado se presentó una propuesta importante para aumentar las penas contra violadores y pederastas.

La iniciativa para modificar el Código Penal estatal cobra relevancia por el contexto que se vive en la entidad veracruzana.
De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el delito de violación simple registró en Veracruz un incremento del 170 por ciento entre 2016 y 2017.
Esto, al pasar de 126 a 339 casos, y aunque en 2018 el número de denuncias (312) fue ligeramente menor al del año anterior, de nueva cuenta se incrementó en 2019, ya que se reportaron 398, número semejante al de 2020.
Hay un dato preocupante. En el reporte del organismo federal no existen cifras sobre el delito de pederastia, toda vez que en Veracruz y en otras seis entidades federativas esa conducta está tipificada como violación agravada o equiparada, razón por la que en las estadísticas delictivas nacionales no hay un rubro específico para ese delito.
Sin embargo, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tasa de violación de niñas y niños en el país es de mil 764 por cada cien mil habitantes.
Lo peor es que nueve de cada diez víctimas de delitos sexuales son mujeres, como se demuestra con las cifras de 2018, en que, de los tres mil 50 delitos sexuales denunciados, un total de dos mil 747 tuvieron como víctimas a mujeres, 126 de ellas por violación.
Asimismo, entre 2013 y 2016 se presentó un incremento sostenido en los delitos de abuso sexual y violación; además, una de cada cuatro niñas y uno de cada seis niños sufre algún tipo de violencia sexual.
En concreto, se propone modificar el artículo 184 del Código Penal para establecer que, a quien, por medio de la violencia física, incluso violencia moral, tenga cópula con una persona (delito de violación), se le impondrían de ocho a veinte años de prisión y multa de hasta cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Con relación al caso de pederastia se prevé reformar el artículo 190 quater, a fin de señalar que: a quien, con consentimiento o sin él, introduzca el pene por la vía vaginal, anal u oral, o por la vía vaginal o anal cualquier otro artefacto u otra parte del cuerpo distinta del pene, a una niña, niño o adolescente, se le impondrán de diez a treinta años de prisión y multa de hasta tres mil veces el valor diario de la UMA.
Como se observa, es fundamental incrementar las penas previstas en el Código Penal, a fin de inhibir este tipo de conductas delictivas que atentan contra la niñez y su libre desarrollo.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.
Se espera que sea aprobada lo más pronto posible y no se quede en el cajón como muchas otras propuestas de la actual legislatura, calificada por muchos, como la peor en la historia de Veracruz.

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